Se considera como tales aparatos:
• Máquinas de escribir electrónicas
• Máquinas copiadoras y/o duplicadoras para la reproducción de documentos
• Calculadoras electrónicas
• Pizarrones electrónicos
• Aparatos de telefacsimilado
• Sacapuntas electrónico y otros aparatos de uso en oficina y escuelas.
Esta Norma es aplicable tanto a productos de fabricación nacional como importados.